
Las contrataciones públicas responsables se pueden definir como operaciones de contratación por parte de las administraciones públicas que tienen en cuenta uno o más de los siguientes aspectos sociales o medioambientales: oportunidades de empleo especialmente a la población más vulnerable, inclusión social, consideración de los criterios de sostenibilidad medioambiental, comercio justo, etc
Las Administraciones Públicas dedican a la contratación en Europa entre el 15% y el 20% del PIB, lo que les convierte en el mayor contratante por su volumen e influencia sobre el mercado y el entorno. Por tanto, las empresas elegidas de una forma significativa en la contratación pública tienen una gran ventaja y suelen ser las principales empresas cotizantes en las bolsas, suele tratarse de empresas multinacionales con pocos principios éticos las más contratadas por la Administración.
Desde hace varios lustros en muchos países se ha ido consolidando una forma de corrupción basada en el pago de comisiones o regalos a responsables políticos y/o funcionariales que son los que toman las decisiones de la Administración en cuanto a la contratación de productos o servicios que compra. La prevaricación y el cohecho son prácticas habituales en muchos países del Mundo y es muy variable en función de lo arraigada que esté la corrupción en el tejido social y empresarial del país. Todo el engranaje político-empresarial que se aprovecha de esta corrupción dispone de un gran poder difícil de derrumbar pero que con la medida que se está proponiendo sentaría las bases para su eliminación o al menos mitigación.
La contratación pública debe ser una herramienta jurídica al servicio de los poderes públicos para el cumplimiento de sus fines y valores fundamentales: cohesión social, redistribución de la riqueza, igualdad y justicia.
Las administraciones tienen la responsabilidad de utilizar el presupuesto público de la forma más eficiente y ética, para ello deben asegurarse de elegir la mejor opción, entendiendo por tal no sólo la mejor oferta económica sino aquella que proporciona beneficios adicionales. Sin duda será más eficiente la contratación de aquella empresa que además de ejecutar una obra, lo haga contratando a personas en exclusión social o con discapacidad, o destinando parte de sus beneficios por la obra o servicio realizado a fines sociales o medioambientales. O mejor aún, si la contratación pública se hace con una empresa con una idiosincrasia que conlleva esos principios, es decir que la Compra Pública se haga priorizando o estableciendo mercados reservados (es decir que solo participe el tipo de empresas señaladas en los Pliegos) en favor de las empresas de economía social y solidaria.
Pero también pueden señalarse como Compra Pública Responsable en función del objeto de la compra. Las prácticas de compra verde suponen beneficios sustanciales en el objetivo de acercarnos a un modelo de desarrollo sostenible porque estas compras están dirigidas al ahorro en energía, apuesta por la eficiencia energética, prioridad de energías renovables, reciclaje de residuos, orientación de compra por actividades de la economía circular, etc.
Lo mismo ocurre con las estrategias de compra pública orientadas al mercado laboral, ya que se traducen en una reducción del presupuesto público destinado a prestaciones sociales (rentas básicas, subsidios o prestaciones) al tener que atender a menos personas en paro o en situación de exclusión social; produciendo, por añadidura ingresos a las Haciendas Públicas, mediante las aportaciones fiscales de las personas incorporadas laboralmente
La compra sostenible debe colocar a la Administración en posturas ejemplarizantes a la hora de demandar productos y servicios con criterios sociales, e incentivando a las empresas para que evalúen sus cadenas de suministros y revisen sus políticas de empleo. Supone por tanto, un factor de legitimación del mensaje que quieren trasladar a la sociedad las propias Administraciones Públicas
La Compra Pública Responsable supone una herramienta complementaria y sinérgica con las políticas sociales que las Administraciones Públicas vienen desarrollando, mejorando por ejemplo la capacidad y eficacia de los servicios sociales en políticas de igualdad, de empleo o los programas de inserción laboral e inclusión social.
Las políticas de Compra Pública Responsable poseen un potencial de cambio social significativo, produciendo un efecto en cascada sobre los hábitos de consumo de las empresas y los ciudadanos.
Los principales promotores de esta medida son las ONGs sociales que además suelen ser los accionistas principales de un modelo de empresas distinto, dentro de la economía social y solidaria, como son las empresas de inserción, los centros especiales de empleo, tiendas de comercio justo, etc. que aspiran a ser beneficiados por las Administraciones en sus compras. El Estado debe presentarse como garante de la sostenibilidad económica de estas compañías a través de facilitarles la contratación pública.
Actualmente la incidencia de la Compra Pública Responsable es anecdótica, poco significativa en el Mundo.
Si la compra pública responsable genera tantos efectos positivos, parece lógico pensar que la meta debe ser alcanzar el 100% de toda la compra pública con este tipo de criterios ambientales, sociales y éticos. Por desgracia, el desconocimiento de esta línea de intervención pública, y por tanto la raquítica incidencia del movimiento cívico que lo promueve, convierte en utópico ese reto, al menos en el corto plazo. Pero tampoco hemos encontrado una meta transitoria por parte de los movimientos sociales que impulsan esta medida.
En Europa y América Latina son varias las Administraciones que ya han comenzado a incluir en sus contrataciones aspectos ambientales, sociales y éticos, entendiendo que la incorporación de estos criterios supone, además de ventajas desde el punto de vista ambiental y social, beneficios directos para los propios entes públicos.
Existe legislación en diversos paises del Mundo y en la UE que eo e incluso a nivel comunitario que respalde esta iniciativa. La Directiva de Contratación Pública 2014/24/UE, aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo, señala en su considerando nº 2 que “la contratación pública desempeña un papel clave en la Estrategia Europa 2020, siendo uno de los instrumentos basados en el mercado que deben utilizarse para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, garantizando al mismo tiempo un uso más eficiente de los fondos públicos, facilitando la participación de las pequeñas y medianas empresas en la contratación pública y permitiendo que los contratantes utilicen mejor la contratación pública en apoyo de objetivos sociales comunes”.
La Comisión Europea destaca metas de la compra pública responsable: Ayudar en el cumplimiento de leyes sociales y laborales, incluidos los programas y los compromisos de políticas nacionales e internacionales relacionados, estimular mercados con conciencia social, garantizar gastos públicos más eficaces, etc..
En diversos puntos de España y de Europa hay interesantes experiencias puestas en prácticas por gobiernos regionales y ayuntamientos, pero por desgracia estamos en cifras muy pequeñas, que probablemente no alcancen el 1% de todo lo que contrata por la Administración, si bien aisladamente algunas administraciones superaran ese porcentaje.